Grupo II
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Tema II.1
La atención al público. Acogida e información a los ciudadanos y usuarios. Atención a las personas con discapacidad.
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La atención al público. Acogida e información a los ciudadanos y usuarios. Atención a las personas con discapacidad.
Consulta rápida
Lectura ágil
II.1: estudiar el tema por bloques claros, separando conceptos, órganos, plazos y efectos.
ubicación normativa, órgano competente y dato de examen
Memorización útil
Regla mnemotécnica: Norma -> órgano -> requisito -> efecto. Si el test cambia una pieza, la respuesta suele cambiar.
La atención a la ciudadanía debe ser accesible, clara, respetuosa, objetiva y orientada a facilitar el ejercicio de derechos y el cumplimiento de obligaciones. La información se ofrece por canales presenciales, telefónicos y electrónicos, respetando la protección de datos y la igualdad de trato.
La acogida comprende identificar la necesidad, escuchar, orientar hacia la unidad competente y explicar los trámites de forma comprensible. La información general versa sobre organización, competencias, procedimientos y servicios públicos; la información particular se refiere a un expediente concreto y solo se facilita a las personas legitimadas o a sus representantes.
El personal debe comprobar la identidad cuando proceda, evitar revelar datos a terceros, registrar la solicitud cuando corresponda y distinguir entre información y asesoramiento jurídico vinculante.
La atención debe aplicar accesibilidad universal, ajustes razonables y diseño para todas las personas. Se facilita apoyo para comprender formularios y canales, se eliminan barreras de comunicación y se garantiza que los medios electrónicos sean utilizables.
Normativa: Ley 39/2015, de 1 de octubre; Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre; Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo.