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Tema I.3
El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. Composición, elección, funciones y disolución. Atribuciones.
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El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. Composición, elección, funciones y disolución. Atribuciones.
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Lectura ágil
I.3: estudiar el tema por bloques claros, separando conceptos, órganos, plazos y efectos.
ubicación normativa, órgano competente y dato de examen
Memorización útil
Regla mnemotécnica: Norma -> órgano -> requisito -> efecto. Si el test cambia una pieza, la respuesta suele cambiar.
Normativa de referencia:
🔗 Constitución Española, Título III — De las Cortes Generales (arts. 66-96), texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1)/con
🔗 Reglamento del Congreso de los Diputados (RCD), BOE núm. 55, de 5 de marzo de 1982: https://www.boe.es/eli/es/or/1982/02/10/(1)/con
🔗 Reglamento del Senado (RS), BOE núm. 114, de 13 de mayo de 1994: https://www.boe.es/eli/es/or/1994/05/06/(1)/con
El art. 66 CE define las Cortes Generales con tres notas esenciales:
Representan al pueblo español (art. 66.1 CE): son la expresión directa de la soberanía popular (art. 1.2 CE). Los diputados y senadores representan a todo el pueblo, no a sus electores particulares (mandato representativo, no imperativo).
Están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado (art. 66.1 CE): bicameralismo imperfecto o asimétrico, porque el Congreso tiene mayor peso que el Senado en la mayoría de las decisiones.
Ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuye la Constitución (art. 66.2 CE).
💡 Bicameralismo imperfecto: a diferencia de un bicameralismo perfecto o paritario (donde ambas cámaras tienen igual peso), en España el Congreso prevalece sobre el Senado en legislación ordinaria, en la investidura del Presidente del Gobierno, en la moción de censura y en casi todos los procedimientos. El Senado tiene preeminencia solo en materia de CC.AA. (art. 155 CE).
Las Cortes Generales son inviolables. Ninguna autoridad puede disolver, suspender o interferir en su funcionamiento salvo en los casos previstos en la CE.
El Senado es definido por el art. 69.1 CE como la Cámara de representación territorial.
Su composición es mixta:
| Tipo de senadores | Forma de elección | Número |
|---|---|---|
| Senadores provinciales | 4 por provincia peninsular, elegidos directamente por los ciudadanos | 208 |
| Senadores insulares | Cada isla mayor (Gran Canaria, Mallorca, Tenerife) elige 3; las islas menores y agrupaciones, 1 o 2 | Variable |
| Senadores de Ceuta y Melilla | 2 por cada ciudad autónoma | 4 |
| Senadores autonómicos | Designados por las Asambleas legislativas de las CC.AA.: 1 por CC.AA. + 1 más por cada millón de habitantes | Variable |
💡 El número total de senadores varía según la población autonómica. Actualmente son unos 265 senadores en total.
Los diputados y senadores gozan de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones. Esta prerrogativa es absoluta e indefinida: protege al parlamentario incluso después de cesar en su cargo, por actos realizados durante el mismo.
⚠️ La inviolabilidad solo cubre las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de las funciones parlamentarias, no cualquier acto de la vida privada del parlamentario.
Durante el período de su mandato, los diputados y senadores gozan también de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la respectiva Cámara (suplicatorio).
💡 Diferencia clave:
- Inviolabilidad → protege las opiniones y votos parlamentarios, es permanente.
- Inmunidad → protege frente a detención y procesamiento penal, solo dura el mandato y puede ser levantada por la Cámara mediante suplicatorio.
En las causas contra diputados y senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
La ley electoral establece el régimen de incompatibilidades de diputados y senadores. En general son incompatibles con:
Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo. Esto significa que votan según su criterio y conciencia, y no pueden ser revocados por sus electores ni por su partido por el modo en que ejercen su función parlamentaria.
Cada Cámara se organiza con los siguientes órganos:
| Órgano | Composición | Funciones |
|---|---|---|
| Mesa | Presidente + Vicepresidentes + Secretarios | Órgano rector de la Cámara. Dirige los trabajos, califica los escritos y documentos, fija el calendario |
| Junta de Portavoces | Portavoces de los grupos parlamentarios | Fija el orden del día (junto con la Mesa), coordina la actividad de los grupos |
| Presidente | Elegido en sesión constitutiva | Representa a la Cámara, dirige los debates, mantiene el orden |
Los diputados y senadores se integran en grupos parlamentarios. No pueden existir grupos que reproduzcan un partido que no haya alcanzado representación en las elecciones correspondientes.
Las comisiones son órganos de trabajo especializados por materias. Pueden ser:
| Tipo | Características |
|---|---|
| Permanentes | Existen durante toda la legislatura, coinciden con los departamentos ministeriales (Comisión de Hacienda, de Justicia, etc.) |
| No permanentes | Se crean para un objeto concreto y se disuelven cuando lo cumplen: comisiones de investigación, ponencias |
| Legislativas plenas | Pueden aprobar proyectos de ley por delegación del Pleno (salvo reforma constitucional, cuestiones internacionales, leyes orgánicas y Presupuestos) |
| Mixtas (Congreso y Senado) | Se constituyen para resolver discrepancias entre las dos Cámaras o para asuntos que afectan a ambas |
Es la reunión de todos los miembros de la Cámara. Es el órgano deliberante por excelencia. Aprueba las leyes más importantes, debate la política general del Gobierno y toma las decisiones de mayor trascendencia.
Las Cámaras se reúnen anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones:
Fuera de estos períodos pueden reunirse en sesiones extraordinarias, convocadas a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deben convocarse sobre un orden del día determinado y se clausuran una vez agotado.
Tipos de mayorías relevantes:
| Tipo de mayoría | Definición | Ejemplos de uso |
|---|---|---|
| Mayoría simple | Más votos a favor que en contra | Aprobación de leyes ordinarias |
| Mayoría absoluta | La mitad más uno del total de miembros de la Cámara | Investidura en segunda votación, Leyes Orgánicas |
| Mayoría de 3/5 | 3/5 del total de miembros | Reforma constitucional ordinaria, elección de magistrados TC |
| Mayoría de 2/3 | 2/3 del total de miembros | Reforma constitucional agravada |
En cada Cámara existe una Diputación Permanente que vela por los poderes de las Cámaras cuando estas no están reunidas (entre períodos de sesiones, en caso de disolución o de expiración del mandato).
La iniciativa legislativa corresponde a:
| Sujeto | Denominación |
|---|---|
| Gobierno | Proyecto de ley (la más frecuente) |
| Congreso | Proposición de ley (a iniciativa de un grupo parlamentario o 15 diputados) |
| Senado | Proposición de ley |
| Asambleas legislativas de las CC.AA. | Proposición de ley o solicitud al Gobierno que la elabore |
| Ciudadanos | Iniciativa legislativa popular: mínimo 500.000 firmas acreditadas; excluida en materias de LO, tributarias, de gracia, internacionales y prerrogativa regia |
El proceso se desarrolla en las siguientes fases:
En el Congreso:
En el Senado: 7. El texto aprobado por el Congreso se remite al Senado. 8. El Senado dispone de un plazo de 2 meses para:
💡 El veto del Senado es fácilmente superable por el Congreso, lo que ilustra el carácter asimétrico del bicameralismo español.
Fase final: 9. Sanción real por el Rey en el plazo de 15 días. 10. Promulgación y publicación en el BOE. 11. Entrada en vigor a los 20 días de su publicación, salvo que la propia ley disponga otra cosa (vacatio legis).
Son leyes que requieren mayoría absoluta del Congreso en votación final sobre el conjunto del texto. Solo pueden ser Leyes Orgánicas las que regulen:
⚠️ La LO solo requiere mayoría absoluta en el Congreso, no en el Senado. Si el Senado la modifica o veta, el Congreso puede imponerse con mayoría absoluta.
Las Cortes Generales aprueban los Presupuestos Generales del Estado. El Gobierno tiene la iniciativa exclusiva en materia presupuestaria:
Las Cortes controlan la acción del Gobierno mediante varios instrumentos:
| Instrumento | Regulación | Descripción |
|---|---|---|
| Preguntas | Art. 111 CE | Cualquier diputado o senador puede preguntar al Gobierno sobre cualquier asunto. Pueden ser orales (en pleno o comisión) o escritas |
| Interpelaciones | Art. 111 CE | Más solemnes que las preguntas; versan sobre la conducta del Gobierno en asuntos de política general y pueden dar lugar a una moción |
| Proposiciones no de ley y mociones | Reglamentos parlamentarios | Expresan la voluntad de la Cámara sobre un asunto sin fuerza de ley |
| Comisiones de investigación | Art. 76 CE | Las conclusiones no son vinculantes judicialmente pero tienen gran valor político; comparecencia obligatoria ante ellas |
| Solicitud de información y documentación | Art. 109 CE | Las Cámaras y sus comisiones pueden reclamar la presencia de miembros del Gobierno y la información que precisen |
Estas tres figuras se desarrollan en el Tema 5 (relaciones Gobierno-Cortes), pero se enuncian aquí como atribución de las Cortes:
| Figura | Cámara | Descripción breve |
|---|---|---|
| Investidura (art. 99 CE) | Congreso | El Congreso otorga (o niega) la confianza al candidato a Presidente del Gobierno |
| Moción de censura (art. 113 CE) | Congreso | Instrumento del Congreso para retirar la confianza al Gobierno; debe ser constructiva (proponer un candidato alternativo) |
| Cuestión de confianza (art. 112 CE) | Congreso | El Presidente del Gobierno plantea al Congreso si mantiene su confianza; si la pierde, debe dimitir |
| Atribución | Artículo | Descripción |
|---|---|---|
| Autorización de tratados internacionales | Art. 94 CE | Determinados tratados requieren autorización previa de las Cortes |
| Declaración de los estados excepcionales | Art. 116 CE | El estado de alarma lo autoriza el Congreso; el de excepción lo autoriza también el Congreso; el de sitio lo declara el Congreso por mayoría absoluta |
| Reforma constitucional | Arts. 167-168 CE | Las Cortes aprueban las reformas constitucionales |
| Autorización para declarar la guerra | Art. 63.3 CE | Las Cortes autorizan al Rey para declarar la guerra |
| Control de los decretos-leyes | Art. 86 CE | El Congreso debe convalidar o derogar los decretos-leyes del Gobierno en el plazo de 30 días |
| Control de los decretos legislativos | Art. 82 CE | Las Cortes pueden delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley (legislación delegada) |
Las Cámaras se reúnen en sesión conjunta (bajo la Presidencia del Presidente del Congreso) en los siguientes supuestos:
En las decisiones sobre sucesión, regencia y tutela real, las Cortes actúan reunidas en sesión conjunta.
Las Cortes pueden delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley. Esta delegación se hace mediante:
| Tipo | Instrumento | Para qué |
|---|---|---|
| Ley de bases | Texto articulado | Cuándo la delegación autoriza al Gobierno a elaborar un texto articulado a partir de las bases fijadas por las Cortes |
| Ley ordinaria | Texto refundido | Cuándo la delegación autoriza al Gobierno a refundir varios textos legales en uno |
La delegación debe ser expresa, concreta y con plazo determinado. No puede autorizar la modificación de la propia ley de bases ni facultar para dictar normas con carácter retroactivo.
El resultado son los Decretos legislativos (desarrollados en el Tema 11).
Fin del Tema 4 — Administrativo C1 | Preparación OEP 2026