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Grupo I

Tema I.3

El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. Composición, elección, funciones y disolución. Atribuciones.

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Claves rápidas del tema

I.3: estudiar el tema por bloques claros, separando conceptos, órganos, plazos y efectos.

ubicación normativa, órgano competente y dato de examen

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Memorización útil

Mnemotecnia y anclajes del tema

Regla mnemotécnica: Norma -> órgano -> requisito -> efecto. Si el test cambia una pieza, la respuesta suele cambiar.

Números y anclas

  • Norma principal del tema.
  • Órgano o sujeto que interviene.
  • Plazo, mayoría o requisito clave.
  • Efecto jurídico final.

Confusiones típicas

  • No mezcles órganos parecidos.
  • No traslades plazos de un procedimiento a otro.
  • No confundas garantía, recurso y control.

Vuelta rápida de recuerdo

  • Haz una tabla de tres columnas: concepto, referencia y trampa.
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Normativa de referencia:

🔗 Constitución Española, Título III — De las Cortes Generales (arts. 66-96), texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/c/1978/12/27/(1)/con

🔗 Reglamento del Congreso de los Diputados (RCD), BOE núm. 55, de 5 de marzo de 1982: https://www.boe.es/eli/es/or/1982/02/10/(1)/con

🔗 Reglamento del Senado (RS), BOE núm. 114, de 13 de mayo de 1994: https://www.boe.es/eli/es/or/1994/05/06/(1)/con


1. NATURALEZA Y POSICIÓN CONSTITUCIONAL

1.1 Definición constitucional (art. 66 CE)

El art. 66 CE define las Cortes Generales con tres notas esenciales:

  1. Representan al pueblo español (art. 66.1 CE): son la expresión directa de la soberanía popular (art. 1.2 CE). Los diputados y senadores representan a todo el pueblo, no a sus electores particulares (mandato representativo, no imperativo).

  2. Están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado (art. 66.1 CE): bicameralismo imperfecto o asimétrico, porque el Congreso tiene mayor peso que el Senado en la mayoría de las decisiones.

  3. Ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuye la Constitución (art. 66.2 CE).

💡 Bicameralismo imperfecto: a diferencia de un bicameralismo perfecto o paritario (donde ambas cámaras tienen igual peso), en España el Congreso prevalece sobre el Senado en legislación ordinaria, en la investidura del Presidente del Gobierno, en la moción de censura y en casi todos los procedimientos. El Senado tiene preeminencia solo en materia de CC.AA. (art. 155 CE).


1.2 Inviolabilidad de las Cortes (art. 66.3 CE)

Las Cortes Generales son inviolables. Ninguna autoridad puede disolver, suspender o interferir en su funcionamiento salvo en los casos previstos en la CE.


2. EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

2.1 Composición (art. 68 CE)

  • Número de diputados: entre 300 y 400. La ley electoral (LOREG) fija actualmente 350 diputados.
  • Circunscripción electoral: la provincia. Ceuta y Melilla eligen 1 diputado cada una. Las demás provincias eligen un mínimo de 2, distribuyéndose los restantes proporcionalmente a la población.
  • Sistema electoral: representación proporcional, método D’Hondt, con barrera electoral del 3% por circunscripción.
  • Mandato: 4 años o hasta la disolución anticipada.
  • Sufragio: universal, libre, igual, directo y secreto.
  • Elegibles: españoles mayores de 18 años en pleno disfrute de sus derechos políticos.

2.2 El Presidente del Congreso

  • Elegido por los propios diputados en la sesión constitutiva.
  • Representa a la Cámara, dirige sus debates, mantiene el orden y ostenta la facultad disciplinaria.
  • Refrenda los actos del Rey en materia de propuesta de candidato a Presidente del Gobierno y disolución en el supuesto del art. 99.5 CE.

3. EL SENADO

3.1 Naturaleza y composición (art. 69 CE)

El Senado es definido por el art. 69.1 CE como la Cámara de representación territorial.

Su composición es mixta:

Tipo de senadores Forma de elección Número
Senadores provinciales 4 por provincia peninsular, elegidos directamente por los ciudadanos 208
Senadores insulares Cada isla mayor (Gran Canaria, Mallorca, Tenerife) elige 3; las islas menores y agrupaciones, 1 o 2 Variable
Senadores de Ceuta y Melilla 2 por cada ciudad autónoma 4
Senadores autonómicos Designados por las Asambleas legislativas de las CC.AA.: 1 por CC.AA. + 1 más por cada millón de habitantes Variable

💡 El número total de senadores varía según la población autonómica. Actualmente son unos 265 senadores en total.

  • Mandato: 4 años (senadores elegidos directamente) o el que corresponda al mandato de la Asamblea autonómica que los designe.
  • Sistema electoral para senadores provinciales: voto limitado (en provincias de 4 escaños cada elector vota un máximo de 3 candidatos).

4. ESTATUTO DE LOS PARLAMENTARIOS

4.1 Inviolabilidad (art. 71.1 CE)

Los diputados y senadores gozan de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones. Esta prerrogativa es absoluta e indefinida: protege al parlamentario incluso después de cesar en su cargo, por actos realizados durante el mismo.

⚠️ La inviolabilidad solo cubre las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de las funciones parlamentarias, no cualquier acto de la vida privada del parlamentario.


4.2 Inmunidad (art. 71.2 CE)

Durante el período de su mandato, los diputados y senadores gozan también de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la respectiva Cámara (suplicatorio).

💡 Diferencia clave:

  • Inviolabilidad → protege las opiniones y votos parlamentarios, es permanente.
  • Inmunidad → protege frente a detención y procesamiento penal, solo dura el mandato y puede ser levantada por la Cámara mediante suplicatorio.

4.3 Aforamiento (art. 71.3 CE)

En las causas contra diputados y senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.


4.4 Incompatibilidades (art. 70 CE)

La ley electoral establece el régimen de incompatibilidades de diputados y senadores. En general son incompatibles con:

  • Ser miembro del Tribunal Constitucional.
  • Altos cargos de la Administración del Estado.
  • Defensor del Pueblo.
  • Magistrados, jueces y fiscales en activo.
  • Militares y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en activo.
  • Miembros de las Juntas Electorales.

4.5 Mandato representativo (art. 67.2 CE)

Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo. Esto significa que votan según su criterio y conciencia, y no pueden ser revocados por sus electores ni por su partido por el modo en que ejercen su función parlamentaria.


5. ORGANIZACIÓN INTERNA DE LAS CÁMARAS

5.1 Órganos de gobierno

Cada Cámara se organiza con los siguientes órganos:

Órgano Composición Funciones
Mesa Presidente + Vicepresidentes + Secretarios Órgano rector de la Cámara. Dirige los trabajos, califica los escritos y documentos, fija el calendario
Junta de Portavoces Portavoces de los grupos parlamentarios Fija el orden del día (junto con la Mesa), coordina la actividad de los grupos
Presidente Elegido en sesión constitutiva Representa a la Cámara, dirige los debates, mantiene el orden

5.2 Los Grupos Parlamentarios

Los diputados y senadores se integran en grupos parlamentarios. No pueden existir grupos que reproduzcan un partido que no haya alcanzado representación en las elecciones correspondientes.

  • En el Congreso: mínimo 15 diputados para formar grupo; excepcionalmente 5, si han obtenido el 15% de los votos en sus circunscripciones o el 5% a nivel nacional.
  • En el Senado: mínimo 10 senadores.
  • Los que no se integran en ningún grupo pasan al Grupo Mixto.

5.3 Las Comisiones

Las comisiones son órganos de trabajo especializados por materias. Pueden ser:

Tipo Características
Permanentes Existen durante toda la legislatura, coinciden con los departamentos ministeriales (Comisión de Hacienda, de Justicia, etc.)
No permanentes Se crean para un objeto concreto y se disuelven cuando lo cumplen: comisiones de investigación, ponencias
Legislativas plenas Pueden aprobar proyectos de ley por delegación del Pleno (salvo reforma constitucional, cuestiones internacionales, leyes orgánicas y Presupuestos)
Mixtas (Congreso y Senado) Se constituyen para resolver discrepancias entre las dos Cámaras o para asuntos que afectan a ambas

5.4 El Pleno

Es la reunión de todos los miembros de la Cámara. Es el órgano deliberante por excelencia. Aprueba las leyes más importantes, debate la política general del Gobierno y toma las decisiones de mayor trascendencia.


6. FUNCIONAMIENTO DE LAS CÁMARAS

6.1 Períodos de sesiones (art. 73 CE)

Las Cámaras se reúnen anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones:

  • Primero: de septiembre a diciembre.
  • Segundo: de febrero a junio.

Fuera de estos períodos pueden reunirse en sesiones extraordinarias, convocadas a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deben convocarse sobre un orden del día determinado y se clausuran una vez agotado.


6.2 Sesiones (art. 75 CE)

  • Las Cámaras funcionan en Pleno y por Comisiones.
  • Las sesiones del Pleno son públicas salvo acuerdo en contrario.
  • Las sesiones de las Comisiones no son públicas con carácter general.

6.3 Quórum y mayorías (art. 79 CE)

  • Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas con la asistencia de la mayoría de sus miembros (quórum de asistencia).
  • Los acuerdos se adoptan por mayoría de los votos emitidos (mayoría simple), salvo que la CE exija una mayoría especial.

Tipos de mayorías relevantes:

Tipo de mayoría Definición Ejemplos de uso
Mayoría simple Más votos a favor que en contra Aprobación de leyes ordinarias
Mayoría absoluta La mitad más uno del total de miembros de la Cámara Investidura en segunda votación, Leyes Orgánicas
Mayoría de 3/5 3/5 del total de miembros Reforma constitucional ordinaria, elección de magistrados TC
Mayoría de 2/3 2/3 del total de miembros Reforma constitucional agravada

6.4 Las Diputaciones Permanentes (art. 78 CE)

En cada Cámara existe una Diputación Permanente que vela por los poderes de las Cámaras cuando estas no están reunidas (entre períodos de sesiones, en caso de disolución o de expiración del mandato).

  • Compuesta por un mínimo de 21 miembros que representan a los grupos parlamentarios en proporción a su importancia numérica.
  • Presidida por el Presidente de la respectiva Cámara.
  • Cuándo las Cámaras se disuelven (art. 115 CE), las Diputaciones Permanentes asumen sus funciones de control y, en su caso, convalidan los decretos-leyes.

7. ATRIBUCIONES DE LAS CORTES GENERALES

7.1 La función legislativa

a) Iniciativa legislativa (art. 87 CE)

La iniciativa legislativa corresponde a:

Sujeto Denominación
Gobierno Proyecto de ley (la más frecuente)
Congreso Proposición de ley (a iniciativa de un grupo parlamentario o 15 diputados)
Senado Proposición de ley
Asambleas legislativas de las CC.AA. Proposición de ley o solicitud al Gobierno que la elabore
Ciudadanos Iniciativa legislativa popular: mínimo 500.000 firmas acreditadas; excluida en materias de LO, tributarias, de gracia, internacionales y prerrogativa regia

b) Procedimiento legislativo ordinario

El proceso se desarrolla en las siguientes fases:

En el Congreso:

  1. Presentación del proyecto o proposición de ley.
  2. Publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
  3. Apertura de plazo de enmiendas (a la totalidad o al articulado).
  4. Debate en Comisión (ponencia + debate en comisión).
  5. Debate en Pleno (con las enmiendas aprobadas en comisión).
  6. Aprobación por el Pleno del Congreso.

En el Senado: 7. El texto aprobado por el Congreso se remite al Senado. 8. El Senado dispone de un plazo de 2 meses para:

  • Aprobarlo sin modificaciones.
  • Introducir enmiendas (que vuelven al Congreso para su aceptación o rechazo por mayoría simple).
  • Vetarlo (por mayoría absoluta del Senado), en cuyo caso el Congreso puede levantarlo por mayoría absoluta de forma inmediata o por mayoría simple transcurridos 2 meses.

💡 El veto del Senado es fácilmente superable por el Congreso, lo que ilustra el carácter asimétrico del bicameralismo español.

Fase final: 9. Sanción real por el Rey en el plazo de 15 días. 10. Promulgación y publicación en el BOE. 11. Entrada en vigor a los 20 días de su publicación, salvo que la propia ley disponga otra cosa (vacatio legis).


c) Leyes Orgánicas (art. 81 CE)

Son leyes que requieren mayoría absoluta del Congreso en votación final sobre el conjunto del texto. Solo pueden ser Leyes Orgánicas las que regulen:

  • El desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas (arts. 15-29 CE).
  • Los Estatutos de Autonomía.
  • El régimen electoral general.
  • Las demás materias previstas en la CE.

⚠️ La LO solo requiere mayoría absoluta en el Congreso, no en el Senado. Si el Senado la modifica o veta, el Congreso puede imponerse con mayoría absoluta.


7.2 La función presupuestaria (art. 66.2 y arts. 134-135 CE)

Las Cortes Generales aprueban los Presupuestos Generales del Estado. El Gobierno tiene la iniciativa exclusiva en materia presupuestaria:

  • Elabora el proyecto de Ley de Presupuestos y lo presenta al Congreso antes del 1 de octubre de cada año.
  • Si no se aprueban antes del 1 de enero, se prorrogarán automáticamente los del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

7.3 La función de control del Gobierno

Las Cortes controlan la acción del Gobierno mediante varios instrumentos:

Instrumento Regulación Descripción
Preguntas Art. 111 CE Cualquier diputado o senador puede preguntar al Gobierno sobre cualquier asunto. Pueden ser orales (en pleno o comisión) o escritas
Interpelaciones Art. 111 CE Más solemnes que las preguntas; versan sobre la conducta del Gobierno en asuntos de política general y pueden dar lugar a una moción
Proposiciones no de ley y mociones Reglamentos parlamentarios Expresan la voluntad de la Cámara sobre un asunto sin fuerza de ley
Comisiones de investigación Art. 76 CE Las conclusiones no son vinculantes judicialmente pero tienen gran valor político; comparecencia obligatoria ante ellas
Solicitud de información y documentación Art. 109 CE Las Cámaras y sus comisiones pueden reclamar la presencia de miembros del Gobierno y la información que precisen

7.4 La función de control político especial: investidura, moción de censura y cuestión de confianza

Estas tres figuras se desarrollan en el Tema 5 (relaciones Gobierno-Cortes), pero se enuncian aquí como atribución de las Cortes:

Figura Cámara Descripción breve
Investidura (art. 99 CE) Congreso El Congreso otorga (o niega) la confianza al candidato a Presidente del Gobierno
Moción de censura (art. 113 CE) Congreso Instrumento del Congreso para retirar la confianza al Gobierno; debe ser constructiva (proponer un candidato alternativo)
Cuestión de confianza (art. 112 CE) Congreso El Presidente del Gobierno plantea al Congreso si mantiene su confianza; si la pierde, debe dimitir

7.5 Otras atribuciones constitucionales relevantes

Atribución Artículo Descripción
Autorización de tratados internacionales Art. 94 CE Determinados tratados requieren autorización previa de las Cortes
Declaración de los estados excepcionales Art. 116 CE El estado de alarma lo autoriza el Congreso; el de excepción lo autoriza también el Congreso; el de sitio lo declara el Congreso por mayoría absoluta
Reforma constitucional Arts. 167-168 CE Las Cortes aprueban las reformas constitucionales
Autorización para declarar la guerra Art. 63.3 CE Las Cortes autorizan al Rey para declarar la guerra
Control de los decretos-leyes Art. 86 CE El Congreso debe convalidar o derogar los decretos-leyes del Gobierno en el plazo de 30 días
Control de los decretos legislativos Art. 82 CE Las Cortes pueden delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley (legislación delegada)

8. LAS REUNIONES CONJUNTAS DE AMBAS CÁMARAS (art. 74 CE)

Las Cámaras se reúnen en sesión conjunta (bajo la Presidencia del Presidente del Congreso) en los siguientes supuestos:

  • Para ejercer las competencias no legislativas que el Título II de la CE atribuye a las Cortes Generales (sucesión a la Corona, nombramiento del Regente por las Cortes, tutela del Rey menor).
  • En los demás casos previstos en la CE.

En las decisiones sobre sucesión, regencia y tutela real, las Cortes actúan reunidas en sesión conjunta.


9. LA DELEGACIÓN LEGISLATIVA (arts. 82-85 CE)

Las Cortes pueden delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley. Esta delegación se hace mediante:

Tipo Instrumento Para qué
Ley de bases Texto articulado Cuándo la delegación autoriza al Gobierno a elaborar un texto articulado a partir de las bases fijadas por las Cortes
Ley ordinaria Texto refundido Cuándo la delegación autoriza al Gobierno a refundir varios textos legales en uno

La delegación debe ser expresa, concreta y con plazo determinado. No puede autorizar la modificación de la propia ley de bases ni facultar para dictar normas con carácter retroactivo.

El resultado son los Decretos legislativos (desarrollados en el Tema 11).


RESUMEN ESQUEMÁTICO PARA REPASAR

  • NATURALEZA
    • Representan al pueblo español
    • Bicameralismo imperfecto (Congreso > Senado)
    • Inviolables (art. 66.3 CE)
  • CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
    • 350 diputados (entre 300-400 posibles)
    • Circunscripción: provincia
    • Sistema: proporcional D'Hondt, barrera 3%
    • Mandato: 4 años
  • SENADO
    • Cámara de representación territorial
    • ~265 senadores: provinciales + insulares + autonómicos
    • Mandato: 4 años (elegidos) / mandato autonómico (designados)
  • ESTATUTO DE PARLAMENTARIOS
    • Inviolabilidad → opiniones y votos, permanente
    • Inmunidad → procesamiento, solo durante mandato, suplicatorio
    • Aforamiento → Sala de lo Penal del TS
    • Mandato representativo (no imperativo)
  • ORGANIZACIÓN
    • Mesa + Junta de Portavoces + Presidente
    • Grupos parlamentarios (mín. 15 en Congreso, 10 en Senado)
    • Comisiones (permanentes, no permanentes, mixtas)
    • Diputación Permanente (mín. 21 miembros, cámara disuelta)
  • FUNCIONAMIENTO
    • Períodos: septiembre-diciembre / febrero-junio
    • Quórum: mayoría de miembros
    • Mayorías: simple / absoluta / 3/5 / 2/3
  • ATRIBUCIONES
    • Legislativa: iniciativa (500.000 firmas ciudadanos) + procedimiento
      • LO → mayoría absoluta del Congreso
    • Presupuestaria: aprueban PGE (proyecto antes del 1 oct.)
    • Control: preguntas, interpelaciones, comisiones de investigación
    • Investidura, moción de censura, cuestión de confianza
    • Convalidación decretos-leyes → 30 días

Fin del Tema 4 — Administrativo C1 | Preparación OEP 2026