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Grupo I

Tema I.11

La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Burgos (II): la Administración Pública. La Secretaría General. La Intervención General. La Tesorería-Órgano de Gestión Tributaria. El Tribunal Económico-Administrativo. La Asesoría Jurídica.

Consulta rápida

Normativa y fuentes oficiales

Lectura ágil

Claves rápidas del tema

I.11: estudiar el tema por bloques claros, separando conceptos, órganos, plazos y efectos.

ubicación normativa, órgano competente y dato de examen

  • Ubica primero el tema dentro de Grupo I.
  • Convierte cada epígrafe en una pregunta de test: quién actúa, qué exige la norma y qué consecuencia produce.
  • Repasa las tablas como mapa final antes de pasar al test.

Memorización útil

Mnemotecnia y anclajes del tema

Regla mnemotécnica: Norma -> órgano -> requisito -> efecto. Si el test cambia una pieza, la respuesta suele cambiar.

Números y anclas

  • Norma principal del tema.
  • Órgano o sujeto que interviene.
  • Plazo, mayoría o requisito clave.
  • Efecto jurídico final.

Confusiones típicas

  • No mezcles órganos parecidos.
  • No traslades plazos de un procedimiento a otro.
  • No confundas garantía, recurso y control.

Vuelta rápida de recuerdo

  • Haz una tabla de tres columnas: concepto, referencia y trampa.
  • Cierra el tema con cinco datos que podrían caer literalmente.

1. Organización administrativa municipal

La administración municipal sirve con objetividad los intereses generales y actúa con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. En el Ayuntamiento de Burgos se organiza en órganos de gobierno, órganos directivos y unidades administrativas, de acuerdo con la Ley 7/1985, el Reglamento Orgánico municipal y la estructura vigente.

2. Secretaría General

La Secretaría General ejerce las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo. Entre sus tareas se encuentran asistir a las sesiones de los órganos colegiados, levantar acta, certificar acuerdos, custodiar los libros oficiales y emitir los informes que la normativa reserve a la función pública de secretaría.

Las certificaciones de actos y acuerdos se expiden por quien ejerce la fe pública, con el visto bueno de la Presidencia cuando proceda.

3. Intervención General

La Intervención General desarrolla el control interno de la gestión económico-financiera y presupuestaria. Comprende la función interventora y el control financiero, con autonomía funcional respecto de los órganos cuya gestión fiscaliza.

La función interventora verifica, antes de que se dicten los actos con contenido económico, su adecuación al ordenamiento y a los créditos presupuestarios. El control financiero examina el funcionamiento económico y la correcta utilización de los recursos públicos.

4. Tesorería y gestión tributaria

La Tesorería responde de la custodia de fondos, valores y efectos, y de la dirección de la recaudación. La gestión tributaria comprende la aplicación de los tributos municipales, desde su ordenación y liquidación hasta la recaudación e inspección, conforme a la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y las ordenanzas fiscales.

5. Órganos especializados

El Tribunal Económico-Administrativo municipal conoce y resuelve las reclamaciones económico-administrativas que sean de competencia local. La Asesoría Jurídica presta asistencia jurídica al Ayuntamiento y ejerce la representación y defensa en juicio en los términos previstos por la legislación.

Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Título X; Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, sobre régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.