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Grupo I

Tema I.22

Recursos de las Haciendas Locales: clasificación: ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado. Especial referencia a la tasa, contribuciones especiales y precios públicos. Impuestos municipales: concepto y clasificación.

Consulta rápida

Normativa y fuentes oficiales

Lectura ágil

Claves rápidas del tema

I.22: estudiar el tema por bloques claros, separando conceptos, órganos, plazos y efectos.

concepto, fase, órgano, plazo y efecto

  • Ubica primero el tema dentro de Grupo I.
  • Convierte cada epígrafe en una pregunta de test: quién actúa, qué exige la norma y qué consecuencia produce.
  • Repasa las tablas como mapa final antes de pasar al test.

Memorización útil

Mnemotecnia y anclajes del tema

Regla mnemotécnica: Norma -> órgano -> requisito -> efecto. Si el test cambia una pieza, la respuesta suele cambiar.

Números y anclas

  • Norma principal del tema.
  • Órgano o sujeto que interviene.
  • Plazo, mayoría o requisito clave.
  • Efecto jurídico final.

Confusiones típicas

  • No mezcles órganos parecidos.
  • No traslades plazos de un procedimiento a otro.
  • No confundas garantía, recurso y control.

Vuelta rápida de recuerdo

  • Haz una tabla de tres columnas: concepto, referencia y trampa.
  • Cierra el tema con cinco datos que podrían caer literalmente.

1. Recursos de las Haciendas Locales

Los recursos locales incluyen ingresos tributarios, participación en tributos estatales y autonómicos, subvenciones, precios públicos, operaciones de crédito, multas y demás prestaciones de derecho público. También existen ingresos de derecho privado cuando proceden del patrimonio o de actividades privadas de la entidad.

2. Tasas, contribuciones especiales y precios públicos

Las tasas se exigen por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público o por la prestación de servicios y realización de actividades administrativas que afecten o beneficien particularmente al obligado. Las contribuciones especiales se establecen cuando una obra o servicio local produce un beneficio o aumento de valor para determinados sujetos. Los precios públicos se exigen por servicios o actividades de solicitud voluntaria que también pueden prestarse por el sector privado.

3. Impuestos municipales

Los impuestos municipales pueden ser obligatorios, como el IBI, el IAE y el IVTM, o potestativos, como el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, dentro de los límites del TRLRHL.

Normativa: Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, especialmente los títulos II y III.