Consulta rápida
Normativa y fuentes oficiales
I.21: estudiar el tema por bloques claros, separando conceptos, órganos, plazos y efectos.
ubicación normativa, órgano competente y dato de examen
- Ubica primero el tema dentro de Grupo I.
- Convierte cada epígrafe en una pregunta de test: quién actúa, qué exige la norma y qué consecuencia produce.
- Repasa las tablas como mapa final antes de pasar al test.
Regla mnemotécnica: Norma -> órgano -> requisito -> efecto. Si el test cambia una pieza, la respuesta suele cambiar.
Números y anclas
- Norma principal del tema.
- Órgano o sujeto que interviene.
- Plazo, mayoría o requisito clave.
- Efecto jurídico final.
Confusiones típicas
- No mezcles órganos parecidos.
- No traslades plazos de un procedimiento a otro.
- No confundas garantía, recurso y control.
Vuelta rápida de recuerdo
- Haz una tabla de tres columnas: concepto, referencia y trampa.
- Cierra el tema con cinco datos que podrían caer literalmente.
1. Marco normativo
La hacienda local se rige por la Constitución Española, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).
2. Competencias tributarias locales
Las entidades locales pueden establecer y exigir tributos dentro de los límites legales. El Pleno aprueba las ordenanzas fiscales y determina los elementos de los tributos que la ley permite concretar. La potestad tributaria local debe respetar legalidad, igualdad, capacidad económica, generalidad y no confiscatoriedad.
3. Coordinación financiera
La suficiencia financiera local se articula mediante tributos propios, participación en tributos del Estado y de las comunidades autónomas y otros recursos. El Estado coordina la actividad financiera local y garantiza la solidaridad y la estabilidad presupuestaria.
Normativa: Constitución Española, arts. 31, 133, 137, 140 y 142; Ley 7/1985; Real Decreto Legislativo 2/2004.