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Grupo I

Tema I.21

Legislación aplicable en materia de Haciendas Locales. Competencia de las entidades locales en materia tributaria. Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. La coordinación de la hacienda estatal, autonómica y local.

Consulta rápida

Normativa y fuentes oficiales

Lectura ágil

Claves rápidas del tema

I.21: estudiar el tema por bloques claros, separando conceptos, órganos, plazos y efectos.

ubicación normativa, órgano competente y dato de examen

  • Ubica primero el tema dentro de Grupo I.
  • Convierte cada epígrafe en una pregunta de test: quién actúa, qué exige la norma y qué consecuencia produce.
  • Repasa las tablas como mapa final antes de pasar al test.

Memorización útil

Mnemotecnia y anclajes del tema

Regla mnemotécnica: Norma -> órgano -> requisito -> efecto. Si el test cambia una pieza, la respuesta suele cambiar.

Números y anclas

  • Norma principal del tema.
  • Órgano o sujeto que interviene.
  • Plazo, mayoría o requisito clave.
  • Efecto jurídico final.

Confusiones típicas

  • No mezcles órganos parecidos.
  • No traslades plazos de un procedimiento a otro.
  • No confundas garantía, recurso y control.

Vuelta rápida de recuerdo

  • Haz una tabla de tres columnas: concepto, referencia y trampa.
  • Cierra el tema con cinco datos que podrían caer literalmente.

1. Marco normativo

La hacienda local se rige por la Constitución Española, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

2. Competencias tributarias locales

Las entidades locales pueden establecer y exigir tributos dentro de los límites legales. El Pleno aprueba las ordenanzas fiscales y determina los elementos de los tributos que la ley permite concretar. La potestad tributaria local debe respetar legalidad, igualdad, capacidad económica, generalidad y no confiscatoriedad.

3. Coordinación financiera

La suficiencia financiera local se articula mediante tributos propios, participación en tributos del Estado y de las comunidades autónomas y otros recursos. El Estado coordina la actividad financiera local y garantiza la solidaridad y la estabilidad presupuestaria.

Normativa: Constitución Española, arts. 31, 133, 137, 140 y 142; Ley 7/1985; Real Decreto Legislativo 2/2004.