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Bloque I

Tema I.5

El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno.

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Normativa y fuentes oficiales

Lectura ágil

Claves rápidas del tema

Distinguir dirección política, Consejo de Ministros, Presidente y Gobierno en funciones.

Presidente, Consejo de Ministros y responsabilidad política

  • El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina a sus miembros.
  • El Consejo de Ministros adopta decisiones colegiadas relevantes.
  • El Gobierno cesante sigue en funciones, pero con límites.

Memorización útil

Mnemotecnia y anclajes del tema

Regla mnemotécnica: Presidente dirige, Consejo acuerda, Cortes controlan.

Números y anclas

  • Art. 97 CE: Gobierno dirige política y Administración.
  • Investidura: absoluta primero, simple después.
  • Cese: elecciones, pérdida confianza, dimisión o fallecimiento.

Confusiones típicas

  • Gobierno y Administración no son sinónimos.
  • Gobierno en funciones existe, pero limitado.

Vuelta rápida de recuerdo

  • Ordena nombramiento del Presidente.
  • Distingue censura y confianza.

Normativa de referencia

Este tema se estudia sobre la Constitución Española, especialmente los artículos 97 a 107 y 108 a 116; la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, texto consolidado del Boletín Oficial del Estado (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-25336; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Constitución da la estructura básica; la Ley del Gobierno desarrolla composición, funcionamiento, Gobierno en funciones e iniciativa normativa.

Gobierno y Administración: no son lo mismo

El artículo 97 de la Constitución establece que el Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. También ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

El artículo 103 regula la Administración Pública. La Administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa conforme a eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

Elemento Gobierno Administración
Naturaleza Órgano político constitucional Organización servicial y profesional
Función Dirige política y Administración Ejecuta y gestiona intereses generales
Responsabilidad Política ante el Congreso Jurídica y administrativa
Principio clave Dirección política Objetividad y sometimiento a Derecho

Cuidado en test: Gobierno y Administración aparecen juntos en el Título IV, pero no son idénticos.

Composición del Gobierno

El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.

Miembro Papel
Presidente Dirige la acción del Gobierno y coordina a sus miembros
Vicepresidente o Vicepresidentes Sustitución y funciones asignadas
Ministros Dirigen departamentos ministeriales
Otros miembros previstos legalmente Solo si la ley los contempla

Además de los ministros titulares de un departamento, pueden existir ministros sin cartera, a quienes se atribuyen determinadas funciones gubernamentales por real decreto. Por eso no debe confundirse “ministro” con “titular de ministerio” en todos los casos, aunque en la práctica ordinaria lo habitual sea asociar ministro y departamento ministerial.

El Presidente ocupa una posición central. No es un ministro más. Dirige la acción del Gobierno, coordina a los demás miembros, representa al Gobierno, propone al Rey el nombramiento y separación de ministros y plantea, en su caso, la cuestión de confianza.

La Ley 50/1997 permite al Presidente delegar el ejercicio de competencias propias en los Vicepresidentes y los Ministros. Sin embargo, no son delegables las competencias atribuidas directamente por la Constitución, las relativas al nombramiento y separación de altos cargos atribuidas al Consejo de Ministros, las atribuidas a los órganos colegiados del Gobierno —salvo la delegación de funciones administrativas del Consejo de Ministros en las Comisiones Delegadas— ni las que una ley prohíba delegar expresamente.

Designación del Presidente del Gobierno

El procedimiento de investidura se regula en el artículo 99 de la Constitución.

  1. Después de cada renovación del Congreso, y en los demás supuestos constitucionales, el Rey consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria.
  2. A través del Presidente del Congreso, propone un candidato a la Presidencia del Gobierno.
  3. El candidato expone su programa político ante el Congreso y solicita la confianza de la Cámara.
  4. Si obtiene mayoría absoluta, queda investido.
  5. Si no la obtiene, se celebra una segunda votación 48 horas después, en la que basta mayoría simple.
Votación Mayoría exigida
Primera Mayoría absoluta del Congreso
Segunda, 48 horas después Mayoría simple

Si transcurren dos meses desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato obtenga la confianza del Congreso, el Rey disuelve ambas Cámaras y convoca nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.

Regla mental: Investidura = absoluta primero, simple después, dos meses como límite.

Nombramiento y cese de miembros del Gobierno

Una vez investido el Presidente, el Rey lo nombra. Los demás miembros del Gobierno son nombrados y separados por el Rey a propuesta del Presidente del Gobierno.

Acto Quién decide políticamente Quién nombra formalmente
Nombramiento del Presidente Congreso mediante investidura Rey
Nombramiento de ministros Presidente del Gobierno Rey
Separación de ministros Presidente del Gobierno Rey

Cuidado en test: El Rey nombra, pero la decisión política sobre ministros corresponde al Presidente.

Consejo de Ministros

El Consejo de Ministros es el órgano colegiado principal del Gobierno. Sus deliberaciones son secretas. En él se adoptan decisiones de dirección política y administrativa.

Entre sus funciones destacan:

  • Aprobar proyectos de ley y remitirlos al Congreso o al Senado.
  • Aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Aprobar reales decretos-leyes y reales decretos legislativos cuando proceda.
  • Aprobar reglamentos mediante reales decretos.
  • Adoptar acuerdos de dirección política.
  • Declarar estados excepcionales en los términos constitucionales y legales.
Producto del Gobierno Naturaleza
Proyecto de ley Iniciativa legislativa del Gobierno
Real decreto Norma reglamentaria o acto del Consejo de Ministros
Real decreto-ley Norma con rango de ley por extraordinaria y urgente necesidad
Real decreto legislativo Norma con rango de ley por delegación legislativa
Acuerdo Decisión del Consejo de Ministros

Órganos de apoyo y colaboración

Además del Consejo de Ministros, existen órganos que preparan o coordinan la acción del Gobierno.

Órgano Función
Comisiones Delegadas del Gobierno Coordinan materias que afectan a varios departamentos
Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios Prepara asuntos para el Consejo de Ministros
Secretariado del Gobierno Apoyo técnico y documental
Gabinetes Asistencia política y técnica

Para el examen de Auxiliar interesa saber que no todo órgano que trabaja con el Gobierno es Consejo de Ministros. El Consejo decide; otros órganos preparan, coordinan o apoyan.

Causas de cese del Gobierno

El Gobierno cesa en los supuestos previstos por la Constitución:

  1. Celebración de elecciones generales.
  2. Pérdida de confianza parlamentaria.
  3. Dimisión del Presidente.
  4. Fallecimiento del Presidente.
Causa Qué ocurre
Elecciones generales Cesa el Gobierno anterior
Moción de censura aprobada Cesa el Gobierno y queda investido el candidato alternativo
Cuestión de confianza perdida El Gobierno debe presentar su dimisión
Dimisión o fallecimiento del Presidente Cesa el Gobierno

El Gobierno cesante continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno. El Gobierno en funciones debe facilitar el normal desarrollo del proceso de formación del nuevo Gobierno y limitar su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos, salvo razones de urgencia o interés general.

La Ley 50/1997 concreta además estas limitaciones. El Presidente del Gobierno en funciones no puede proponer al Rey la disolución de las Cámaras o de las Cortes Generales, plantear una cuestión de confianza ni proponer la convocatoria de un referéndum consultivo. El Gobierno en funciones tampoco puede aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado ni presentar proyectos de ley a las Cortes. Las delegaciones legislativas otorgadas por las Cortes quedan en suspenso durante el tiempo en que el Gobierno esté en funciones por la celebración de elecciones generales.

Cuidado en test: Gobierno cesante no significa ausencia de Gobierno; existe Gobierno en funciones, pero con límites.

Responsabilidad del Gobierno

El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso de los Diputados. La responsabilidad solidaria significa que el Gobierno responde como conjunto, aunque cada ministro tenga responsabilidades propias por su departamento.

Los instrumentos principales de control parlamentario son:

Instrumento Finalidad
Preguntas Obtener información o explicación concreta
Interpelaciones Debatir sobre política general de un departamento o del Gobierno
Comisiones de investigación Investigar asuntos de interés público
Moción de censura Exigir responsabilidad y proponer candidato alternativo
Cuestión de confianza El Presidente comprueba si mantiene apoyo del Congreso

La moción de censura en España es constructiva: debe incluir candidato a la Presidencia del Gobierno. Si prospera, el Gobierno presenta su dimisión y el candidato incluido en la moción queda investido.

La cuestión de confianza la plantea el Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, sobre su programa o una declaración de política general. Se entiende otorgada cuando vote a favor la mayoría simple del Congreso.

No confundas

Figura Clave para test
Presidente del Gobierno Dirige la acción del Gobierno y coordina a sus miembros
Consejo de Ministros Órgano colegiado principal del Gobierno
Ministro Dirige un departamento ministerial
Congreso Cámara ante la que responde políticamente el Gobierno
Administración Sirve con objetividad intereses generales
Gobierno en funciones Gobierno cesante con actuación limitada

Repaso final

  • Artículo 97: el Gobierno dirige política interior y exterior, Administración civil y militar y defensa.
  • Artículo 103: la Administración sirve con objetividad los intereses generales.
  • Investidura: mayoría absoluta en primera votación; mayoría simple 48 horas después.
  • Si pasan dos meses desde la primera votación sin investidura, se disuelven las Cámaras.
  • El Presidente dirige y coordina.
  • El Consejo de Ministros es órgano colegiado.
  • El Gobierno cesa por elecciones, pérdida de confianza, dimisión o fallecimiento del Presidente.
  • El Gobierno responde solidariamente ante el Congreso.
  • El Gobierno en funciones despacha los asuntos ordinarios, pero no puede aprobar los Presupuestos ni presentar proyectos de ley.

Idea final: Este tema se domina distinguiendo dirección política, organización del Gobierno, investidura, cese y control parlamentario.