Estado social y democrático de Derecho, valores superiores, soberanía nacional y Monarquía parlamentaria
Glosario de Auxiliar Administrativo del Estado
Siglas, artículos, órganos, procedimiento, atención ciudadana, administración electrónica e informática del programa oficial.
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Constitución: artículos que más preguntan
Mapa rápido de artículos constitucionales especialmente útiles para Auxiliar Administrativo del Estado. Debajo tienes la tabla completa del 1 al 169.
Unidad de la Nación española y derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones
Sujeción a la Constitución, legalidad, jerarquía normativa, publicidad, seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad
Dignidad de la persona y fundamento del orden político y la paz social
Igualdad y no discriminación
Vida e integridad física y moral
Libertad y seguridad; detención preventiva y habeas corpus
Honor, intimidad, propia imagen, domicilio, comunicaciones y protección frente al uso de la informática
Participación política y acceso a cargos públicos
Tutela judicial efectiva
Derecho a la educación
Libertad sindical y derecho de huelga
Derecho de petición
Garantías de derechos y libertades
Defensor del Pueblo
Suspensión de derechos
Rey como Jefe del Estado
Sucesión a la Corona
Funciones del Rey
Refrendo
Cortes Generales: representación, potestad legislativa, presupuestos y control
Congreso de los Diputados
Senado
Reglamentos, Presidentes y Mesas de las Cámaras
Periodos de sesiones
Sesiones conjuntas, mayorías y comisiones mixtas
Diputaciones Permanentes
Leyes orgánicas
Decretos-leyes
Iniciativa legislativa
Procedimiento legislativo en el Senado
Funciones del Gobierno
Composición del Gobierno
Investidura del Presidente del Gobierno
Gobierno cesante
Principios de actuación de la Administración Pública y acceso a la función pública
Audiencia, acceso a archivos y procedimiento administrativo
Control judicial de la potestad reglamentaria y actuación administrativa; responsabilidad patrimonial
Consejo de Estado
Responsabilidad solidaria del Gobierno ante el Congreso
Cuestión de confianza
Moción de censura
Dimisión del Gobierno por pérdida de confianza
Disolución de las Cámaras
Estados de alarma, excepción y sitio
Poder Judicial y potestad jurisdiccional
Consejo General del Poder Judicial
Ministerio Fiscal
Organización territorial del Estado
Solidaridad y equilibrio territorial
Igualdad territorial y libertad de circulación
Autonomía municipal
Provincia e islas
Haciendas locales
Vía ordinaria de acceso a la autonomía
Competencias asumibles por las comunidades autónomas
Competencias exclusivas del Estado
Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma
Composición del Tribunal Constitucional
Competencias del Tribunal Constitucional
Legitimación ante el Tribunal Constitucional
Cuestión de inconstitucionalidad
Sentencias del Tribunal Constitucional
Iniciativa de reforma constitucional
Procedimiento ordinario de reforma
Procedimiento agravado de reforma
Agencia Española de Protección de Datos.
Autoridad estatal de control en protección de datos.Administración General del Estado.
Organización central y periférica del Estado.Constitución Española de 1978.
Norma suprema del ordenamiento jurídico español.Consejo General del Poder Judicial.
Órgano de gobierno del Poder Judicial.Sistema de identificación electrónica para relacionarse con las Administraciones Públicas.
Incluye modalidades como Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente, junto a otros sistemas admitidos.Unidad Central de Proceso.
Componente que ejecuta instrucciones y procesa datos.Código Seguro de Verificación.
Permite comprobar la integridad y autenticidad de documentos electrónicos.Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Órgano estatal de control en transparencia y reclamaciones de acceso.Dirección Electrónica Habilitada Única.
Punto de acceso a notificaciones electrónicas de distintas Administraciones.Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas.
Sistema de codificación usado para identificar órganos, unidades y oficinas en la Administración.Documento Nacional de Identidad electrónico.
Permite identificación y firma electrónica cuando se usa con los medios técnicos adecuados.Sistema de nombres de dominio.
Traduce nombres de dominio a direcciones IP.Delegado de Protección de Datos.
Figura de asesoramiento, supervisión y cooperación con la autoridad de control.Esquema Nacional de Interoperabilidad.
Criterios de interoperabilidad, documento electrónico, expediente y conservación.Esquema Nacional de Seguridad.
Marco de seguridad para medios electrónicos del sector público.Estatuto de los Trabajadores.
Referencia básica para personal laboral.Disco duro mecánico.
Dispositivo de almacenamiento permanente basado en platos magnéticos.Protocolo de transferencia de hipertexto.
Protocolo de comunicación para páginas web.HTTP con cifrado mediante TLS.
Protege la comunicación entre navegador y servidor, pero no convierte por sí solo una página en oficial.Protocolo de acceso a correo que mantiene mensajes sincronizados en el servidor.
Útil cuando se consulta la misma cuenta desde varios dispositivos.Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Municipios, provincias, organización local, competencias y régimen de grandes poblaciones.Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
Tipos contractuales, expediente, adjudicación, efectos, modificación y recursos.Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Control judicial de la Administración, plazos, órganos y ejecución de sentencias.Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Adapta el ordenamiento español al RGPD y regula derechos digitales.Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Procedimiento, interesados, registros, notificación, silencio, recursos y revisión.Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
Objeto, ámbito, principios preventivos y derechos y deberes en prevención.Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Órganos, principios, competencia, convenios, sector público y relaciones interadministrativas.Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Publicidad activa, derecho de acceso, límites y buen gobierno.Oferta de Empleo Público.
Instrumento de planificación anual de necesidades de personal con dotación presupuestaria.Punto de Acceso General de la Administración General del Estado.
Portal de orientación y acceso a información, trámites y servicios electrónicos de la AGE.Presupuesto Base de Licitación.
Límite máximo de gasto, IVA incluido salvo desglose, que puede comprometer el órgano de contratación.Protocolo de descarga de correo desde el servidor.
Según configuración, puede descargar mensajes al cliente y no mantener la misma sincronización que IMAP.Memoria de acceso aleatorio.
Memoria temporal usada por el equipo mientras trabaja; no equivale al almacenamiento permanente.Reglamento General de Protección de Datos.
Norma europea directamente aplicable sobre protección de datos personales.Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Reglas clásicas de sesiones, convocatorias, actas y funcionamiento local.Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
Acredita condiciones de aptitud, solvencia y clasificación en contratación.Relación de Puestos de Trabajo.
Instrumento técnico de ordenación de puestos, requisitos, niveles y características.Sistema de Información Administrativa.
Inventario de procedimientos y servicios administrativos.Protocolo usado para el envío de correo electrónico.
No debe confundirse con IMAP o POP3, que se asocian al acceso o recepción de mensajes.Unidad de estado sólido.
Dispositivo de almacenamiento permanente más rápido que un disco duro mecánico tradicional.Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Competencias, políticas, actos jurídicos y funcionamiento detallado de la UE.Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Clases de personal, acceso, derechos, deberes, situaciones, régimen disciplinario y negociación.Tratado de la Unión Europea.
Valores, instituciones, principios y marco político de la Unión.Localizador uniforme de recursos.
Dirección que identifica un recurso en Internet; puede incluir protocolo, dominio, ruta y parámetros.Valor Estimado del Contrato.
Importe para umbrales y régimen jurídico; no incluye IVA y suma prórrogas, modificaciones previstas y opciones.Artículos destacados de normas
Preceptos de Constitución, LPACAP, LRJSP, TREBEP, RGPD y otras normas que conviene reconocer al vuelo.
Avocación.
Funcionarios interinos.
Revocación y rectificación de errores.
Objeto y clases de recursos administrativos.
Suspensión de la ejecución en vía de recurso.
Expediente de contratación menor.
Delegación de firma.
Recurso de alzada.
Recurso potestativo de reposición.
Recurso extraordinario de revisión.
Suplencia.
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Clave para distinguir personas físicas y sujetos obligados a relación electrónica.Límites del derecho de acceso a la información pública.
Derecho de acceso del interesado.
Registros administrativos.
Registro electrónico general, registros de organismos, interoperabilidad y vías de presentación.Derecho de rectificación.
Derecho de supresión.
Derecho a la limitación del tratamiento.
Derecho a la portabilidad de los datos.
Obligación de resolver.
La Administración está obligada a dictar resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos.Derecho de oposición.
Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
Regula sentido del silencio y excepciones.Proporcionalidad sancionadora.
Principios de actuación y relaciones de las Administraciones Públicas.
Servicio efectivo, simplicidad, claridad, proximidad, participación, objetividad, transparencia, buena fe, confianza legítima, eficacia, eficiencia y coordinación, entre otros.Cómputo de plazos.
Reglas de horas, días hábiles e inhábiles, meses y años.Ampliación de plazos.
Permite ampliar plazos en los términos y límites legales.Actos administrativos que deben motivarse.
Listas de supuestos de motivación obligatoria.Materias objeto de negociación colectiva.
Sede electrónica.
Notificación de actos administrativos.
Debe cursarse en diez días desde que el acto fue dictado.Sistemas de identificación de las Administraciones Públicas.
Condiciones generales para la práctica de notificaciones.
Preferencia electrónica y obligación para sujetos obligados.Sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada.
Incluye sello electrónico y código seguro de verificación.Práctica de notificaciones a través de medios electrónicos.
Puesta a disposición, acceso y rechazo de notificaciones electrónicas.Nulidad de pleno derecho.
Lista de vicios más graves de los actos administrativos.Anulabilidad.
Infracción del ordenamiento jurídico, incluida desviación de poder.Procedimiento de aprobación de ordenanzas locales.
Órganos administrativos.
Código de conducta de los empleados públicos.
Derechos del interesado en el procedimiento.
Principios rectores del acceso al empleo público.
Solicitudes de iniciación.
Contenido mínimo de solicitudes presentadas por interesados.Subsanación y mejora de solicitudes.
Regla clásica de requerimiento para corregir defectos o aportar documentos.Cuestiones incidentales.
No suspenden la tramitación salvo la recusación.Competencia.
La competencia es irrenunciable y se ejerce por los órganos que la tienen atribuida.Trámite de audiencia.
Permite alegar y presentar documentos antes de la propuesta de resolución cuando proceda.Terminación del procedimiento.
Resolución, desistimiento, renuncia, caducidad e imposibilidad material; también terminación convencional.Contenido de la resolución.
La resolución decide todas las cuestiones planteadas y otras derivadas del procedimiento.Delegación de competencias.
Categorías especiales de datos personales.
Incluye datos de salud, origen étnico, opiniones políticas, convicciones, datos biométricos, vida sexual u orientación sexual, entre otros.Objeto del contrato.
Instituciones y órganos
Quién hace qué: órganos constitucionales, AGE, control, Unión Europea y autoridades relevantes.
Autoridad administrativa independiente estatal en protección de datos.
Controla el cumplimiento de la normativa de protección de datos y tramita reclamaciones.Consejo General del Poder Judicial.
Órgano de gobierno del Poder Judicial.Promueve el interés general de la Unión y vela por la aplicación del Derecho de la UE.
Tiene iniciativa legislativa ordinaria salvo excepciones.Supremo órgano consultivo del Gobierno.
Art. 107 CE.Representa a los Gobiernos de los Estados miembros.
Ejerce con el Parlamento la función legislativa y presupuestaria.Reúne a Jefes de Estado o de Gobierno, su Presidente y el Presidente de la Comisión.
Da impulsos y orientaciones políticas generales; no ejerce función legislativa.Alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos del Título I CE.
Puede interponer recurso de inconstitucionalidad y recurso de amparo.Dirige la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma y la coordina con la autonómica.
Art. 154 CE.Órgano directivo encargado de una o varias áreas funcionales homogéneas.
Dirige servicios y programas dentro de un ministerio o Secretaría de Estado.Órgano territorial de la AGE en determinadas islas.
Depende jerárquicamente del Delegado o Subdelegado del Gobierno según el caso.Institución de la UE elegida por sufragio universal directo.
Ejerce con el Consejo la función legislativa y presupuestaria.Órgano superior de la Administración General del Estado.
Dirige y coordina Secretarías y Direcciones Generales bajo dependencia ministerial.Órgano directivo ministerial de apoyo técnico-jurídico.
Interviene en producción normativa, informes, publicaciones y asistencia jurídica interna.Órgano territorial de la AGE en la provincia.
Depende del Delegado del Gobierno y dirige servicios integrados en la provincia.Órgano directivo básico para la gestión ordinaria de servicios y competencias.
Es el nivel directivo inferior clásico dentro de la organización central.Órgano directivo central de un ministerio.
Suele ocuparse de servicios comunes, organización interna, recursos y apoyo al ministro.Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Garantiza la interpretación y aplicación uniforme del Derecho de la Unión.Intérprete supremo de la Constitución.
Conoce del recurso de inconstitucionalidad, amparo y conflictos constitucionales.Supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público.
Art. 136 CE.Procedimiento, transparencia y administración electrónica
Términos que ayudan a resolver preguntas por diferencia entre figuras próximas.
Declaración de voluntad, juicio, conocimiento o deseo realizada por una Administración en ejercicio de potestad administrativa.
Se diferencia del reglamento porque decide o incide en un caso concreto, no crea una norma general.Acto administrativo que ya no puede recurrirse en vía administrativa ordinaria por haber transcurrido plazo o haberse agotado los recursos.
Puede ser relevante para la revisión extraordinaria y para el recurso contencioso-administrativo.Resultado atribuido por la ley al silencio administrativo cuando la Administración no resuelve en plazo.
No significa que la Administración quede dispensada de dictar resolución expresa.Funcionamiento y relación administrativa mediante medios electrónicos con garantías de identidad, integridad, seguridad e interoperabilidad.
Incluye sede, registro electrónico, firma, expediente, notificación y archivo electrónico.Sistema organizado de conservación, custodia, descripción y recuperación de documentos administrativos.
No equivale a una simple carpeta ni a un almacén de papeles o ficheros.Trámite que permite a la persona interesada conocer el expediente y formular alegaciones antes de la resolución.
No debe confundirse con la información pública, que se abre a una pluralidad de personas.Técnica por la que un órgano superior asume para sí el conocimiento de un asunto atribuido ordinariamente a un órgano dependiente.
No altera la titularidad de la competencia y debe distinguirse de la delegación.Fundamento que legitima un tratamiento de datos personales.
En el sector público son frecuentes la obligación legal y la misión de interés público; no siempre el consentimiento.Forma de terminación del procedimiento por paralización imputable al interesado o por transcurso del plazo máximo en procedimientos desfavorables iniciados de oficio.
Sus efectos dependen del tipo de procedimiento y de la normativa aplicable.Servicio que permite consultar información personal, expedientes, notificaciones y datos disponibles de distintas Administraciones.
No sustituye necesariamente a todas las sedes electrónicas ni a todos los trámites.Copia con la misma validez y eficacia que el documento original en los términos previstos legalmente.
No es una fotocopia simple ni un escaneo informal sin garantías.Técnica por la que un órgano permite que otro ejerza una competencia en su nombre.
La competencia sigue siendo del órgano delegante; se diferencia de encomienda, suplencia y delegación de firma.Técnica por la que un órgano autoriza a otro a firmar actos o resoluciones ya decididos.
No supone delegar la competencia ni trasladar la decisión de fondo.Declaración por la que la persona interesada abandona una solicitud o procedimiento concreto.
Se diferencia de la renuncia porque no elimina necesariamente el derecho material.Buzón electrónico para recibir notificaciones administrativas.
La DEHú actúa como punto de acceso a notificaciones electrónicas de distintas Administraciones.Trato menos favorable a una persona por una causa protegida, como sexo, discapacidad, orientación sexual u otra circunstancia.
La clave es que el trato desfavorable se produce de forma abierta por la causa protegida.Regla o práctica aparentemente neutra que coloca a personas de un grupo protegido en desventaja particular.
En test suele aparecer como requisito neutro que produce un efecto desigual no justificado.Información de cualquier naturaleza en soporte papel o electrónico producida o recibida por un órgano administrativo en el ejercicio de sus funciones.
Puede integrarse en un expediente y conservarse en archivo.Documento emitido o recibido por medios electrónicos con contenido, estructura, firma o sello, metadatos y garantías de integridad.
Su gestión se conecta con el ENI, el ENS y la normativa de administración electrónica.Persona u organización que trata datos personales por cuenta del responsable.
No decide fines y medios esenciales del tratamiento; actúa siguiendo instrucciones.Conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a una resolución administrativa.
En formato electrónico debe incorporar índice y garantías de integridad.Conjunto de datos electrónicos que permite firmar y vincular una actuación a una persona o entidad.
En procedimiento administrativo se diferencia de la identificación electrónica.Información administrativa sobre órganos, competencias, trámites, requisitos, horarios, canales o servicios.
No exige acreditar la condición de interesado en un expediente concreto.Información sobre el estado o contenido de un procedimiento concreto.
Exige comprobar identidad, representación o legitimación.Persona que promueve un procedimiento o cuyos derechos o intereses legítimos pueden verse afectados por la resolución.
Su posición da acceso a derechos procedimentales específicos.Capacidad de sistemas y Administraciones para compartir datos y documentos manteniendo significado, integridad y utilidad.
Se vincula al Esquema Nacional de Interoperabilidad.Comunicación formal de un acto administrativo por medios electrónicos con garantías legales.
No debe confundirse con el aviso de puesta a disposición, que tiene carácter auxiliar.Entidad del sector público institucional con personalidad jurídica propia.
Debe distinguirse del órgano administrativo, que no tiene personalidad separada.Unidad administrativa a la que se atribuyen funciones con efectos jurídicos frente a terceros o cuya actuación tenga carácter preceptivo.
No tiene personalidad jurídica propia separada de la Administración en la que se integra.Conjunto ordenado de trámites mediante los que la Administración prepara, dicta y ejecuta sus decisiones.
Sus fases clásicas son iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.Comunicación de mal funcionamiento, tardanza, desatención u otra deficiencia de un servicio.
No sustituye a un recurso administrativo ni suspende plazos de impugnación.Escrito de disconformidad cuyo régimen depende de la normativa sectorial aplicable.
No tiene un único significado universal en todo el Derecho administrativo.Recurso administrativo contra actos que no ponen fin a la vía administrativa.
Se resuelve por el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, salvo reglas específicas.Recurso potestativo contra actos que ponen fin a la vía administrativa.
Se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto.Recurso contra actos firmes basado en causas tasadas.
No sirve para reabrir cualquier desacuerdo ordinario con una resolución.Canal para la presentación electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones.
Permite presentación todos los días del año, sin perjuicio de las reglas de cómputo de plazos.Declaración por la que la persona interesada abandona un derecho cuando el ordenamiento lo permite.
Debe distinguirse del desistimiento, que afecta a la solicitud o procedimiento.Persona u organización que determina fines y medios del tratamiento de datos personales.
Debe cumplir principios, informar, atender derechos y aplicar responsabilidad proactiva.Dirección electrónica disponible para la ciudadanía cuya titularidad corresponde a una Administración u organismo público.
Implica responsabilidad sobre integridad, veracidad y actualización de información y servicios.Efecto que la ley atribuye a la falta de resolución expresa en plazo.
Puede ser estimatorio o desestimatorio según el procedimiento y la normativa aplicable.Propuesta de mejora de un servicio, trámite, canal o funcionamiento administrativo.
No equivale a recurso ni reconoce por sí sola un derecho subjetivo.Sustitución temporal de la persona titular de un órgano por ausencia, vacante o enfermedad.
No altera la competencia ni crea un nuevo órgano.Sistema de atención que facilita orientación o tramitación integrada ante distintas Administraciones u organismos.
No significa que un único órgano sea competente para resolver todos los asuntos.Contratación pública
Tipos contractuales, expediente, adjudicación, ejecución y recursos de contratación.
Fecha de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
Presupuesto, hacienda y control
Créditos, clasificaciones, gestión del gasto, control económico-financiero y fiscalización.
Intervención General de la Administración del Estado.
Centro directivo de control interno de la gestión económico-financiera del sector público estatal.Informática y ofimática
Herramientas, acciones y resultados prácticos de Windows, Word, Excel, Access, Outlook e Internet.
Elemento que enlaza a un archivo, carpeta, aplicación o ubicación.
Borrar el acceso directo no elimina necesariamente el elemento original.Función que sugiere o rellena datos previamente usados.
En correo o formularios puede ahorrar tiempo, pero exige revisar destinatarios y datos personales.Herramienta de Excel que extiende series, valores o fórmulas a celdas contiguas.
Puede ahorrar trabajo, pero arrastra referencias y patrones que conviene comprobar.Zona de Windows que muestra aplicaciones abiertas, accesos anclados y área de notificación.
Sirve para alternar ventanas y consultar estado del sistema.Campo de correo para enviar copia visible a otros destinatarios.
Todas las personas destinatarias visibles pueden ver las direcciones incluidas.Campo de correo para enviar copia oculta.
Útil para comunicaciones externas a varias personas que no deben ver sus direcciones entre sí.Elemento de calendario que reserva tiempo para una actividad propia.
En Outlook se distingue de la reunión porque esta incluye asistentes e invitaciones.Función de Word para generar documentos personalizados a partir de una plantilla y una fuente de datos.
Se usa para cartas, etiquetas o comunicaciones repetitivas.Objeto que selecciona, filtra, combina, calcula o modifica datos.
Debe distinguirse de tabla, formulario e informe.Función de Word que registra inserciones, eliminaciones y modificaciones.
Ocultar marcas no equivale a aceptar o rechazar cambios.Dato que un sitio web guarda en el navegador para recordar sesión, preferencias o actividad.
Puede ser necesaria para el servicio o usarse para seguimiento.Ventana que solicita una confirmación, dato, ubicación o configuración antes de continuar.
En Windows, leerlo evita errores al guardar, imprimir, eliminar o configurar.Nombre que identifica un sitio en Internet.
Conviene leerlo con cuidado: boe.es no es lo mismo que boe.es.ejemplo.com.Conjunto de formato y estructura aplicable a títulos, párrafos u otros elementos.
Permite navegación, coherencia e índices automáticos.Herramienta que muestra solo las filas que cumplen ciertos criterios.
Filtrar oculta temporalmente registros; no los borra.Herramienta de Excel que aplica formato cuando se cumplen condiciones.
Sirve para destacar vencimientos, duplicados, importes o estados.Objeto que facilita introducir, editar o consultar datos mediante una pantalla de trabajo.
Los datos se almacenan en tablas, no en el formulario como objeto aislado.Objeto diseñado para presentar, imprimir o distribuir datos con formato.
No es la herramienta principal para introducir datos.Modo de navegador que reduce rastros locales de la sesión.
No garantiza anonimato total frente al sitio visitado, red corporativa o proveedor.Reorganizar filas según un criterio, como fecha, texto o número.
No equivale a filtrar: ordenar cambia el orden visible; filtrar reduce lo mostrado.Ubicación temporal para archivos eliminados localmente en Windows.
No es copia de seguridad ni archivo administrativo.Función que permite pegar solo valores, formatos, fórmulas u otros elementos.
Muy útil para evitar arrastrar fórmulas o estilos no deseados.Técnica de fraude que suplanta identidades para obtener credenciales, datos o pagos.
Suele usar urgencia, enlaces manipulados, adjuntos o apariencia oficial.Referencia de Excel que fija columna y fila mediante signos $.
$A$1 no cambia al copiar la fórmula.Referencia de Excel que cambia al copiar la fórmula a otra celda.
A1 se desplaza según la posición de destino.Automatización que aplica acciones a mensajes según condiciones.
Puede mover, marcar, clasificar o reenviar mensajes; debe usarse con cautela en buzones administrativos.Marca que fuerza el inicio de una nueva página en Word.
No permite por sí solo cambiar márgenes, orientación o encabezados.División del documento de Word que permite cambiar configuración en una parte concreta.
Sirve para orientación, encabezados, pies, márgenes o numeración distintos.Objeto que almacena datos en campos y registros.
Campo equivale a columna; registro equivale a fila.Herramienta de Excel para resumir, agrupar y analizar datos por campos.
Permite obtener recuentos, sumas y cruces sin modificar el origen.Herramienta de Excel que limita lo que puede introducirse en una celda.
Puede crear listas desplegables o reglas de fecha, número o texto.Entrada en vigor del Tratado de Lisboa.
Ingreso efectivo de España en las Comunidades Europeas.
Entrada en vigor del Tratado de Maastricht.
Fecha de las Leyes 39/2015 y 40/2015.
Firma del Tratado de Lisboa.
Aplicación plena del RGPD.
Sanción y promulgación de la Constitución por el Rey.
Publicación y entrada en vigor de la Constitución Española.
Referéndum de ratificación de la Constitución Española.
Firma del Tratado de Maastricht.
Fecha de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
Todos los artículos de la Constitución
Vista completa del 1 al 169, agrupada por bloque constitucional.
Título Preliminar
| Art. 1 | Estado social y democrático de Derecho, valores superiores, soberanía nacional y Monarquía parlamentaria |
|---|---|
| Art. 2 | Unidad de la Nación española y derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones |
| Art. 3 | Lenguas oficiales |
| Art. 4 | Bandera de España y banderas autonómicas |
| Art. 5 | Capital del Estado |
| Art. 6 | Partidos políticos |
| Art. 7 | Sindicatos y asociaciones empresariales |
| Art. 8 | Fuerzas Armadas |
| Art. 9 | Sujeción a la Constitución, legalidad, jerarquía normativa, publicidad, seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad |
Título I · Capítulo I
| Art. 10 | Dignidad de la persona y fundamento del orden político y la paz social |
|---|---|
| Art. 11 | Dignidad, mayoría de edad, nacionalidad y extranjería |
| Art. 12 | Mayoría de edad a los 18 años |
| Art. 13 | Derechos de los extranjeros y extradición |
Título I · Igualdad
| Art. 14 | Igualdad y no discriminación |
|---|
Título I · Derechos fundamentales
| Art. 15 | Vida e integridad física y moral |
|---|---|
| Art. 16 | Libertad ideológica, religiosa y de culto |
| Art. 17 | Libertad y seguridad; detención preventiva y habeas corpus |
| Art. 18 | Honor, intimidad, propia imagen, domicilio, comunicaciones y protección frente al uso de la informática |
| Art. 19 | Libertad de residencia y circulación |
| Art. 20 | Libertad de expresión, información, creación y cátedra |
| Art. 21 | Derecho de reunión |
| Art. 22 | Derecho de asociación |
| Art. 23 | Participación política y acceso a cargos públicos |
| Art. 24 | Tutela judicial efectiva |
| Art. 25 | Legalidad penal y sancionadora |
| Art. 26 | Prohibición de tribunales de honor |
| Art. 27 | Derecho a la educación |
| Art. 28 | Libertad sindical y derecho de huelga |
| Art. 29 | Derecho de petición |
Título I · Derechos y deberes
| Art. 30 | Servicio militar, objeción de conciencia y deberes en grave riesgo |
|---|---|
| Art. 31 | Sistema tributario justo y principio de legalidad tributaria |
| Art. 32 | Matrimonio |
| Art. 33 | Propiedad privada, herencia y expropiación |
| Art. 34 | Fundación |
| Art. 35 | Trabajo |
| Art. 36 | Colegios profesionales |
| Art. 37 | Negociación colectiva y conflicto colectivo |
| Art. 38 | Libertad de empresa |
Título I · Principios rectores
| Art. 39 | Protección social, económica y jurídica de la familia |
|---|---|
| Art. 40 | Progreso social y económico, formación profesional, jornada y descanso |
| Art. 41 | Seguridad Social |
| Art. 42 | Emigrantes |
| Art. 43 | Protección de la salud |
| Art. 44 | Cultura, ciencia e investigación |
| Art. 45 | Medio ambiente |
| Art. 46 | Patrimonio histórico, cultural y artístico |
| Art. 47 | Vivienda |
| Art. 48 | Juventud |
| Art. 49 | Personas con discapacidad |
| Art. 50 | Tercera edad |
| Art. 51 | Consumidores y usuarios |
| Art. 52 | Organizaciones profesionales |
Título I · Garantías
| Art. 53 | Garantías de derechos y libertades |
|---|---|
| Art. 54 | Defensor del Pueblo |
Título I · Suspensión
| Art. 55 | Suspensión de derechos |
|---|
Título II · Corona
| Art. 56 | Rey como Jefe del Estado |
|---|---|
| Art. 57 | Sucesión a la Corona |
| Art. 58 | Corona, Rey, sucesión, regencia, tutela, refrendo y Casa del Rey |
| Art. 59 | Regencia |
| Art. 60 | Corona, Rey, sucesión, regencia, tutela, refrendo y Casa del Rey |
| Art. 61 | Corona, Rey, sucesión, regencia, tutela, refrendo y Casa del Rey |
| Art. 62 | Funciones del Rey |
| Art. 63 | Corona, Rey, sucesión, regencia, tutela, refrendo y Casa del Rey |
| Art. 64 | Refrendo |
| Art. 65 | Corona, Rey, sucesión, regencia, tutela, refrendo y Casa del Rey |
Título III · Cortes Generales
| Art. 66 | Cortes Generales: representación, potestad legislativa, presupuestos y control |
|---|---|
| Art. 67 | Incompatibilidades parlamentarias y prohibición de mandato imperativo |
| Art. 68 | Congreso de los Diputados |
| Art. 69 | Senado |
| Art. 70 | Inelegibilidad e incompatibilidad de Diputados y Senadores |
| Art. 71 | Inviolabilidad e inmunidad parlamentaria |
| Art. 72 | Reglamentos, Presidentes y Mesas de las Cámaras |
| Art. 73 | Periodos de sesiones |
| Art. 74 | Sesiones conjuntas, mayorías y comisiones mixtas |
| Art. 75 | Plenos y comisiones legislativas |
| Art. 76 | Comisiones de investigación |
| Art. 77 | Peticiones a las Cámaras |
| Art. 78 | Diputaciones Permanentes |
| Art. 79 | Quórum y voto parlamentario |
| Art. 80 | Publicidad de las sesiones |
Título III · Leyes
| Art. 81 | Leyes orgánicas |
|---|---|
| Art. 82 | Delegación legislativa |
| Art. 83 | Límites de las leyes de bases |
| Art. 84 | Proposiciones de ley contrarias a delegación legislativa |
| Art. 85 | Decretos legislativos |
| Art. 86 | Decretos-leyes |
| Art. 87 | Iniciativa legislativa |
| Art. 88 | Proyectos de ley |
| Art. 89 | Proposiciones de ley |
| Art. 90 | Procedimiento legislativo en el Senado |
| Art. 91 | Sanción, promulgación y publicación de las leyes |
| Art. 92 | Referéndum consultivo |
Título III · Tratados
| Art. 93 | Tratados de integración supranacional |
|---|---|
| Art. 94 | Autorización de tratados |
| Art. 95 | Tratados contrarios a la Constitución |
| Art. 96 | Tratados válidamente celebrados y publicación |
Título IV · Gobierno y Administración
| Art. 97 | Funciones del Gobierno |
|---|---|
| Art. 98 | Composición del Gobierno |
| Art. 99 | Investidura del Presidente del Gobierno |
| Art. 100 | Nombramiento y cese de miembros del Gobierno |
| Art. 101 | Gobierno cesante |
| Art. 102 | Responsabilidad criminal del Presidente y miembros del Gobierno |
| Art. 103 | Principios de actuación de la Administración Pública y acceso a la función pública |
| Art. 104 | Fuerzas y Cuerpos de Seguridad |
| Art. 105 | Audiencia, acceso a archivos y procedimiento administrativo |
| Art. 106 | Control judicial de la potestad reglamentaria y actuación administrativa; responsabilidad patrimonial |
| Art. 107 | Consejo de Estado |
Título V · Relaciones Gobierno-Cortes
| Art. 108 | Responsabilidad solidaria del Gobierno ante el Congreso |
|---|---|
| Art. 109 | Información y ayuda a las Cámaras |
| Art. 110 | Comparecencias del Gobierno |
| Art. 111 | Interpelaciones y preguntas |
| Art. 112 | Cuestión de confianza |
| Art. 113 | Moción de censura |
| Art. 114 | Dimisión del Gobierno por pérdida de confianza |
| Art. 115 | Disolución de las Cámaras |
| Art. 116 | Estados de alarma, excepción y sitio |
Título VI · Poder Judicial
| Art. 117 | Poder Judicial y potestad jurisdiccional |
|---|---|
| Art. 118 | Cumplimiento de sentencias |
| Art. 119 | Justicia gratuita |
| Art. 120 | Publicidad, oralidad y motivación de actuaciones judiciales |
| Art. 121 | Error judicial y responsabilidad por funcionamiento de la Administración de Justicia |
| Art. 122 | Consejo General del Poder Judicial |
| Art. 123 | Tribunal Supremo |
| Art. 124 | Ministerio Fiscal |
| Art. 125 | Acción popular y jurado |
| Art. 126 | Policía judicial |
| Art. 127 | Incompatibilidades de jueces, magistrados y fiscales |
Título VII · Economía y Hacienda
| Art. 128 | Riqueza nacional e iniciativa pública económica |
|---|---|
| Art. 129 | Participación en la Seguridad Social y organismos públicos |
| Art. 130 | Modernización y desarrollo de sectores económicos |
| Art. 131 | Planificación económica |
| Art. 132 | Bienes de dominio público y comunales |
| Art. 133 | Potestad tributaria |
| Art. 134 | Presupuestos Generales del Estado |
| Art. 135 | Estabilidad presupuestaria y deuda pública |
| Art. 136 | Tribunal de Cuentas |
Título VIII · Organización territorial
| Art. 137 | Organización territorial del Estado |
|---|---|
| Art. 138 | Solidaridad y equilibrio territorial |
| Art. 139 | Igualdad territorial y libertad de circulación |
Título VIII · Administración local
| Art. 140 | Autonomía municipal |
|---|---|
| Art. 141 | Provincia e islas |
| Art. 142 | Haciendas locales |
Título VIII · Comunidades Autónomas
| Art. 143 | Vía ordinaria de acceso a la autonomía |
|---|---|
| Art. 144 | Intervención de las Cortes Generales en procesos autonómicos |
| Art. 145 | Prohibición de federación de comunidades autónomas y convenios |
| Art. 146 | Proyecto de Estatuto |
| Art. 147 | Estatutos de Autonomía |
| Art. 148 | Competencias asumibles por las comunidades autónomas |
| Art. 149 | Competencias exclusivas del Estado |
| Art. 150 | Leyes marco, transferencia o delegación y armonización |
| Art. 151 | Vía especial de acceso a la autonomía |
| Art. 152 | Organización institucional autonómica |
| Art. 153 | Control de los órganos autonómicos |
| Art. 154 | Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma |
| Art. 155 | Medidas coercitivas frente a incumplimiento autonómico |
| Art. 156 | Autonomía financiera de las comunidades autónomas |
| Art. 157 | Recursos de las comunidades autónomas |
| Art. 158 | Fondo de Compensación Interterritorial |
Título IX · Tribunal Constitucional
| Art. 159 | Composición del Tribunal Constitucional |
|---|---|
| Art. 160 | Presidente del Tribunal Constitucional |
| Art. 161 | Competencias del Tribunal Constitucional |
| Art. 162 | Legitimación ante el Tribunal Constitucional |
| Art. 163 | Cuestión de inconstitucionalidad |
| Art. 164 | Sentencias del Tribunal Constitucional |
| Art. 165 | Ley orgánica del Tribunal Constitucional |
Título X · Reforma constitucional
| Art. 166 | Iniciativa de reforma constitucional |
|---|---|
| Art. 167 | Procedimiento ordinario de reforma |
| Art. 168 | Procedimiento agravado de reforma |
| Art. 169 | Límites temporales a la reforma constitucional |
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