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Tema I.4
La Unión Europea. Las instituciones europeas: el Consejo Europeo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia.
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La Unión Europea. Las instituciones europeas: el Consejo Europeo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia.
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Identificar instituciones europeas, funciones, actos jurídicos y control del TJUE.
Consejo Europeo, Consejo, Parlamento, Comisión y TJUE
Memorización útil
Regla mnemotécnica: Orienta → propone → legisla → interpreta.
La base del tema está en el Tratado de la Unión Europea (TUE), especialmente en sus artículos 5 y 13 a 19, y en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en particular los artículos 267, 288 y 294. Como apoyo institucional actualizado conviene manejar la ficha oficial de instituciones de la Unión Europea publicada en el portal oficial de la UE, revisada el 21 de abril de 2026.
El programa oficial del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León exige una visión práctica: qué es la Unión Europea, qué instituciones intervienen en la dirección política, la elaboración normativa y el control jurisdiccional, y qué actos jurídicos son los más preguntables en examen.
| Punto de consulta | Qué debes recordar |
|---|---|
| Tratados base | TUE y TFUE. |
| Principio clave | La UE actúa por competencias atribuidas por los Estados miembros. |
| Art. 13 TUE | Enumera las instituciones de la Unión. |
| Parlamento Europeo | Representa a la ciudadanía; colegisla, aprueba presupuesto y controla. |
| Consejo Europeo | Jefes de Estado o de Gobierno; fija orientaciones políticas generales. |
| Consejo de la UE | Ministros nacionales; colegisla y coordina. |
| Comisión Europea | Propone, ejecuta y vigila el cumplimiento del Derecho de la Unión. |
| TJUE | Interpreta y garantiza la aplicación uniforme del Derecho de la Unión. |
| Art. 288 TFUE | Reglamento, directiva, decisión, recomendación y dictamen. |
La Unión Europea no se estudia como una Administración más. Es una organización supranacional basada en tratados, con instituciones propias y normas que pueden afectar directamente a los Estados, Administraciones y ciudadanos.
La forma más sencilla de ordenar el tema es preguntar “quién hace qué”:
Regla mental: Parlamento = ciudadanía; Consejo Europeo = líderes; Consejo UE = ministros; Comisión = propone; TJUE = interpreta.
Actos jurídicos: reglamento se aplica; directiva marca resultado; decisión obliga a destinatarios; recomendación y dictamen no obligan.
Trampa de test: Consejo Europeo no es Consejo de la Unión Europea, y ninguno de los dos es el Consejo de Europa.
Frase para fijar: la UE solo puede actuar donde los tratados le han dado competencia.
La Unión Europea (UE) es una organización supranacional formada por Estados miembros que ejercen en común determinadas competencias. No es un Estado federal, pero tampoco una organización internacional clásica: sus normas pueden producir efectos directos en los Estados miembros y sus instituciones participan en la elaboración de Derecho obligatorio.
La UE se basa en tratados. Los dos textos esenciales son:
| Tratado | Función |
|---|---|
| Tratado de la Unión Europea (TUE) | Principios, valores, instituciones y bases generales |
| Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) | Funcionamiento, políticas y competencias |
Frase de examen: La Unión Europea solo actúa dentro de las competencias que los Estados miembros le atribuyen en los tratados.
La UE se fundamenta en valores como dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos. Estos valores orientan la actuación de sus instituciones y la pertenencia de los Estados miembros.
Entre sus objetivos destacan:
Para el examen de Auxiliar, lo más rentable no es memorizar listas interminables, sino entender quién decide, quién propone, quién controla y quién interpreta el Derecho de la Unión.
El artículo 13 del TUE enumera siete instituciones: Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comisión Europea, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas. Cada una debe actuar dentro de las atribuciones que le confieren los tratados y con cooperación leal entre ellas. En este tema interesan sobre todo las que concentran la representación política, la función legislativa y la garantía jurisdiccional.
El sistema institucional reparte funciones entre instituciones que representan intereses distintos:
| Institución | Representa principalmente | Función básica |
|---|---|---|
| Parlamento Europeo | Ciudadanía de la UE | Colegisla, aprueba presupuesto y controla políticamente |
| Consejo Europeo | Jefes de Estado o de Gobierno | Define orientaciones y prioridades políticas generales |
| Consejo de la Unión Europea | Gobiernos de los Estados miembros | Colegisla y coordina políticas |
| Comisión Europea | Interés general de la Unión | Propone, ejecuta y vela por el cumplimiento del Derecho de la Unión |
| Tribunal de Justicia de la Unión Europea | Garantía jurisdiccional del Derecho de la Unión | Interpreta y asegura aplicación uniforme |
Regla mental: Parlamento = ciudadanía; Consejo Europeo = líderes; Consejo de la UE = ministros; Comisión = iniciativa y ejecución; Tribunal = interpretación del Derecho.
El Consejo Europeo reúne a los jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, junto con su Presidente y la Presidenta o Presidente de la Comisión Europea. Participa también el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad cuando se tratan asuntos exteriores.
Su función es dar a la Unión los impulsos necesarios para su desarrollo y definir sus orientaciones y prioridades políticas generales.
El Presidente del Consejo Europeo es elegido por el propio Consejo Europeo por mayoría cualificada para un mandato de dos años y medio, renovable una vez. No puede ejercer simultáneamente un mandato nacional. El Consejo Europeo se reúne normalmente dos veces por semestre, aunque su Presidente puede convocar una reunión extraordinaria cuando la situación lo exija.
| Consejo Europeo | Clave |
|---|---|
| Composición | Jefes de Estado o de Gobierno |
| Función | Orientación política general |
| No es | Legislador ordinario |
| Riesgo en test | Confundirlo con Consejo de la Unión Europea o Consejo de Europa |
Cuidado en test: El Consejo Europeo marca dirección política, pero no adopta las leyes ordinarias de la Unión.
El Consejo de la Unión Europea representa a los Gobiernos de los Estados miembros. En él se reúnen ministros nacionales según la materia tratada: economía, agricultura, justicia, empleo, medio ambiente u otras configuraciones.
Sus funciones principales son:
| Rasgo | Consejo de la Unión Europea |
|---|---|
| Composición | Ministros nacionales |
| Representa | Gobiernos de los Estados miembros |
| Función legislativa | Comparte legislación con Parlamento |
| Configuración | Cambia según la materia |
El Consejo se reúne en distintas formaciones según la materia y trabaja de forma permanente a través del Comité de Representantes Permanentes (COREPER) y de grupos de trabajo. La Presidencia de sus formaciones, salvo la de Asuntos Exteriores, se ejerce por los Estados miembros mediante un sistema de rotación igual. La Presidencia de Asuntos Exteriores corresponde al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. No debe confundirse esta presidencia rotatoria con la Presidencia estable del Consejo Europeo.
Frase de examen: El Consejo de la Unión Europea reúne a ministros nacionales y colegisla con el Parlamento Europeo.
El Parlamento Europeo representa a los ciudadanos de la Unión. Sus miembros son elegidos por sufragio universal directo, libre y secreto.
El mandato parlamentario dura cinco años. Desde la legislatura elegida en 2024, el Parlamento está integrado por 720 diputados. La distribución de escaños entre Estados sigue una representación decrecientemente proporcional: ningún Estado puede tener menos de seis diputados ni más de noventa y seis.
Sus funciones esenciales son:
| Función | Contenido |
|---|---|
| Legislativa | Aprueba normas junto con el Consejo en el procedimiento legislativo ordinario |
| Presupuestaria | Aprueba el presupuesto de la Unión junto con el Consejo |
| Control político | Controla a la Comisión y puede aprobar moción de censura |
| Elección de la Comisión | Participa en la elección de la Presidencia y aprobación de la Comisión |
El Parlamento no suele tener la iniciativa legislativa ordinaria. Esa función corresponde normalmente a la Comisión Europea, aunque el Parlamento puede solicitarle que presente propuestas. Esta idea es muy preguntable porque en los parlamentos nacionales la iniciativa legislativa suele estar más repartida.
Cuidado en test: Parlamento Europeo no equivale a Parlamento nacional. En la UE comparte legislación con el Consejo y controla políticamente a la Comisión.
La Comisión Europea promueve el interés general de la Unión. Es una institución clave porque impulsa la acción de la UE, propone normas y vela por el cumplimiento del Derecho de la Unión.
Sus funciones principales son:
| Función | Ejemplo |
|---|---|
| Iniciativa normativa | Presentar propuesta de reglamento o directiva |
| Ejecución | Gestionar programas europeos |
| Control | Procedimientos de infracción contra Estados |
| Representación | Negociaciones comerciales en nombre de la Unión |
Cada Estado miembro cuenta con un comisario. Los comisarios no representan al gobierno nacional que los propuso, sino que deben actuar con independencia y en interés general de la Unión.
El Parlamento Europeo elige al Presidente de la Comisión a propuesta del Consejo Europeo, que debe tener en cuenta el resultado de las elecciones europeas. El Consejo, de común acuerdo con el Presidente electo, adopta la lista de los demás miembros; el Colegio se somete conjuntamente al voto de aprobación del Parlamento y, después, el Consejo Europeo lo nombra por mayoría cualificada. La Comisión responde colectivamente ante el Parlamento, que puede obligarla a dimitir mediante una moción de censura.
Regla mental: Comisión = propone, ejecuta y vigila.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) garantiza que el Derecho de la Unión se interprete y aplique de la misma manera en todos los Estados miembros. También controla que los Estados y las instituciones cumplan el Derecho de la Unión.
El TJUE comprende principalmente:
| Órgano | Composición básica | Función |
|---|---|---|
| Tribunal de Justicia | Un juez por Estado miembro y once abogados generales | Cuestiones prejudiciales, recursos por incumplimiento, recursos de anulación y casación |
| Tribunal General | Dos jueces por Estado miembro | Recursos directos, especialmente de particulares y empresas |
Los jueces y abogados generales son designados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros, previa consulta al comité previsto en los tratados, por un mandato de seis años renovable. Los jueces del Tribunal de Justicia y del Tribunal General eligen a sus respectivos presidentes por tres años renovables. El Tribunal General no resuelve, con carácter general, las cuestiones prejudiciales del examen ordinario: esa competencia se asocia al Tribunal de Justicia.
La cuestión prejudicial es muy importante: permite que un juez nacional pregunte al Tribunal de Justicia cómo debe interpretarse el Derecho de la Unión o si un acto europeo es válido.
| Procedimiento | Idea |
|---|---|
| Recurso por incumplimiento | Controla si un Estado incumple Derecho de la Unión |
| Recurso de anulación | Controla legalidad de actos de instituciones europeas |
| Recurso por omisión | Reacciona ante falta de actuación debida |
| Cuestión prejudicial | Pregunta de juez nacional sobre interpretación o validez |
Cuidado en test: El TJUE no es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este último pertenece al Consejo de Europa, no a la Unión Europea.
El Derecho derivado de la Unión incluye reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes. Para el examen de Auxiliar, los tres primeros son los más preguntables porque marcan el modo en que la normativa europea produce efectos en los Estados miembros.
| Acto | Obligatorio | Destinatarios | Aplicación |
|---|---|---|---|
| Reglamento | Sí | General | Directamente aplicable |
| Directiva | Sí, en cuanto al resultado | Estados miembros destinatarios | Requiere transposición |
| Decisión | Sí | Destinatarios concretos o generales, según el caso | Obligatoria para sus destinatarios |
| Recomendación | No | Variable | Orienta |
| Dictamen | No | Variable | Expresa posición |
Frase de examen: Reglamento = directamente aplicable. Directiva = obliga al resultado y necesita transposición.
El Derecho de la Unión se caracteriza además por dos ideas clásicas de la jurisprudencia del TJUE:
| Principio | Significado |
|---|---|
| Primacía | La norma interna incompatible queda desplazada en el ámbito del Derecho de la Unión |
| Efecto directo | Algunas normas de la Unión pueden invocarse directamente si cumplen requisitos |
No todas las normas europeas tienen el mismo efecto. Un reglamento es directamente aplicable; una directiva necesita transposición, aunque en ciertos supuestos puede desplegar efectos si es clara, precisa e incondicional y ha vencido el plazo de transposición. Este matiz evita responder de forma automática que toda directiva funciona igual que un reglamento.
Cuidado en test: No digas que una directiva funciona siempre como un reglamento.
| Figura | Clave |
|---|---|
| Consejo Europeo | Jefes de Estado o de Gobierno; orientación política |
| Consejo de la Unión Europea | Ministros nacionales; colegislador |
| Consejo de Europa | Organización internacional distinta de la UE |
| Parlamento Europeo | Representa a la ciudadanía; colegisla y controla |
| Comisión Europea | Propone, ejecuta y vigila |
| TJUE | Interpreta y garantiza aplicación del Derecho de la Unión |
| Tribunal Europeo de Derechos Humanos | No pertenece a la UE |
| Reglamento | Directamente aplicable |
| Directiva | Obligatoria en resultado; transposición |
Idea final: Si una pregunta mezcla composición y función, resuélvela con esta pauta: líderes = Consejo Europeo; ministros = Consejo de la UE; ciudadanía = Parlamento; interés general = Comisión; interpretación del Derecho = TJUE.